Desde el 3 de enero de 2014, se incremento el valor UF establecido en Régimen de contravenciones y sanciones por faltas cometidas a la Ley de Tránsito Nº 24.449 y 26.363
La Ley 26.363, estipula que el valor de las multas se determina en unidades fijas denominadas UF, cada una de las cuales equivale al menor precio de venta al público de un litro de nafta especial.
Deberá entenderse por nafta especial la de mayor octanaje para vehículos particulares que fija el Automóvil Club Argentino, en la jurisdicción donde tenga su asiento la Autoridad de Juzgamiento. A fin de realizar la conversión en cada jurisdicción se debe tomar el precio donde tenga su asiento la Autoridad de Juzgamiento.
En el caso del pago voluntario: Se aplicará la reducción del 50% por ciento. Este porcentaje se aplica sobre el valor mínimo de la multa de que se trate para la infracción específica.
El juez de cada jurisdicción será el responsable de establecer la sentencia del monto de la multa determinada en cantidades UF, y se abonará su equivalente en dinero al momento de hacerse efectivo el pago, según establece la ley.
El criterio de la Municipalidad de Sierra Grande, por disposición del Poder Ejecutivo municipal es el de actualizar los montos de manera semestral. En este periodo del 2014, el monto es de 7, 14.
cabe recordar que los valores de las multas varían de acuerdo al tipo de infractor y a situaciones propias del conductor ya que éste solo debe tener una infracción en un periodo de 90 días y en la medida que exceda ese parámetro, las consecuencias serán mayores.
Por otra parte, las multas deben pagarse dentro de los 5 días hábiles y en el caso que no se de cumplimiento en este periodo el monto de las mismas también se verá modificado
Fuente:Municipalidad de Sierra Grande
0 Comentarios:
Publicar un comentario
Los Comentarios son responsabilidad de quienes lo emiten. Sea respetuoso y que estos aporten para mejorar