jueves, 23 de octubre de 2014

Absuelven a imputados en causa Atahualpa


El Tribunal de juicio de la Sala A de la Cámara en lo Criminal de Viedma, integrado por los Jueces Dres. Juan Bernardi, Eduardo Roumec y Rolando Gaitán, en voto impersonal y unánime, declaró la nulidad del allanamiento obrante a fs. 337 y de todos los actos derivados del mismo, absolvió libremente de culpa y cargo a Meliza Belén Fernández Barrientos, Carlos Rodrigo Morales Toledo y Felipe Eliberto Carrasco, en relación al delito de “homicidio” (art. 79 del CP) por el que fueran traídos a juicio imputados en el homicidio de Atahualpa Martínez ocurrido en Viedma 15 de junio de 2008 y ordenó su inmediata libertad.

En lo sustancial, en el fallo se destaca que: el Tribunal declaró la nulidad de la prueba principal, el ADN en la campera; los Jueces realizaron un estudio pormenorizado de la prueba restante, resaltando las debilidades, contradicciones y ambiguedades de muchas de las pruebas; se analizaron también las pruebas, aún en la hipótesis que la pericia de la campera sea válida, y se llegó a la misma conclusión absolutoria, también se valoró negativamente la actuación fiscal. El Tribunal puso de relieve que no se absolvió por la duda sino por la certeza de la inexistencia de pruebas en contra de los imputados.

Entre otras consideraciones, los Jueces Bernardi, Roumec y Gatitán señalaron: “El plexo probatorio no ha podido definir un nexo causal que nos conduzca a la debida certeza de la comisión del delito por parte de los autores que aquí se señalan. No se sabe, ante la inexistencia de testimonios e indicios graves y coincidentes y más allá de toda duda razonable, que haya habido una unidad de actuación entre los imputados, el grado de participación que en la misma cada uno hubo de haber tenido y aún, cuál fue su propósito.”

“Dijo el Fiscal que la responsabilidad de los imputados había sido ya analizada y confirmada en otras instancias, lo cual constituye la negación del sistema acusatorio y del juicio oral en su esencia”, fundamentaron los Magistrados.

“Nada de lo que existe en el expediente sirve si no se prueba y ratifica en el debate. Largo ha sido el camino recorrido para llegar al sistema acusatorio, que aún se presenta débil en nuestro código, para borrarlo con afirmaciones realizadas por otros, en instancias casi inquisitivas y no intentar siquiera reproducirlas”, consignaron los Camaristas.

“Asistimos a un debate formal, donde no se buscó demostrar/probar la acusación, sino apenas armar una hipótesis con muy poco sustento y con tres personas presas desde hace más de dos años, remitiéndose a lo obrado en la instrucción que resultó insuficiente para lograr un resultado condenatorio como lo pretendía el Ministerio Público”, afirmaron los Jueces

Fuente: poder Judicial

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