jueves, 20 de noviembre de 2014

Justicia ratificó multa al Banco Patagonia por incumplimiento de Ley anticolas


La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Banco Patagonia S.A.y confirmó la Resolución nº 165/14, dictada en razón del incumplimiento del Banco Patagonia a la ley denominada anticolas y mediante la cual la Dirección de Comercio de la Provincia le impuso al Banco Patagonia una multa de $15.000. Contra dicha resolución, interpuso apelación ante este Tribunal.

 Se confirmó la sanción, con fundamento en la reiteración de idéntica falta, por la que ya recibió multas por importes inferiores.

Al momento de realizar su descargo en sede administrativa, el banco dijo: “Que seguidamente y notificada la institución infractora de la formulación de cargos efectuada en su contra, procede a efectuar el pertinente descargo por intermedio de apoderada designada al efecto (fs. 24/25).

En dicha oportunidad la representante de la entidad expresa que aunque se ofrecieron disculpas durante la etapa conciliatoria, la denunciante no las aceptó, imputándose así la infracción -prima facie- del art. 45 Ley D 2817. Además reitera que la denunciante es cliente del banco y que la operación por ella realizada consistió en retiro de efectivo por caja de ahorro, operación que puede realizarse por cajero automático, disponiendo con comodidad y sin que le genere un perjuicio, no estando vinculado al cobro de haberes salariales o previsionales, ni al pago de impuesto o servicios públicos, por lo que se encuentra fuera del alcance de la ley.


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